Decretos Octubre 2016

DECRETO Nº 1224 – 4 de octubre de 2016.-
Dispone de suma para abonar becas a deportistas.

DECRETO Nº 1225 – 4 de octubre de 2016.-
Dispone de suma para abonar becas profesores de educación física.

DECRETO Nº 1226 – 4 de octubre de 2016.-
Dispone suma para solventar gastos de premiación.

DECRETO Nº 1227 – 4 de octubre de 2016.-
Modificacion partida de gastos presupuestaria.

DECRETO Nº 1228 – 4 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal las diversas actividades culturales que se realizarán en el marco del Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

DECRETO Nº 1229 – 4 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el acto aniversario por los 125 años de la EP Nº 19 “Almafuerte” de la localidad de Gorostiaga.

DECRETO Nº 1230 – 4 de octubre de 2016.-
Acepta renuncia agente municipal.

DECRETO Nº 1232 – 4 de octubre de 2016.-
Procédase a la Apertura del Registro de Oposición, para los frentistas afectados por la ejecución de la obra “Construcción de cordón cuneta y estabilizado con piedra en calle Juan Bautista Alberdi entre Benítez (28) y Henry Bell (24)” a partir del 17 de octubre de 2016 y por el término de diez (10) días hábiles.

DECRETO Nº 1233 – 5 de octubre de 2016.-
Declárese de interés social escrituración.

DECRETO Nº 1234 – 6 de octubre de 2016.-
Designación y baja de talleristas.

DECRETO Nº 1235 – 6 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el espectáculo “Guitarras del Mundo” que se llevará a cabo el próximo 26 de octubre en la sede de la Sociedad Francesa de nuestra ciudad con la actuación de concertistas de nivel nacional e internacional de guitarra y también con la participación de alumnos del conservatorio de música “Alberto Williams”.

DECRETO Nº 1236 – 6 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal las diferentes actividades culturales que se brindarán el día 29 de octubre de 2016 en el marco de “La Noche de los Museos”.

DECRETO Nº 1237 – 6 de octubre de 2016.-
Llamase a Concurso de Precios Nº 26/2016 para la contratación de mano de obra y trabajos de albañilería sobre las medianeras en el Acceso del Palacio Municipal sobre calle Lavalle, para el día 14/10/2016 a las 11 Horas en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Chivilcoy. El gasto será imputado a la Partida 1110120000, 41.00.00, 3310,131, 1211901.

DECRETO Nº 1238 – 6 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1239 – 6 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1240 – 7 de octubre de 2016.-
Autoriza suma para pago de sueldo EMTUPSE.

DECRETO Nº 1241 – 7 de octubre de 2016.-
Dispone suma para pago a talleristas.

DECRETO Nº 1242 – 7 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal la Jornada “Promoviendo la vida. La salud mental como derecho” organizada por la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Chivilcoy, a realizarse el próximo 15 de octubre del corriente año en la Plaza 25 de Mayo de nuestra ciudad .Dicha actividad está enmarcada en la Ley Nº 26.657 y en la conmemoración del día 10 de octubre como Día Nacional y Mundial de la Salud Mental.

DECRETO Nº 1243 – 7 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el evento que se llevará a cabo en nuestra ciudad el próximo 12 de octubre en el marco del lanzamiento y exposición técnica de la implementación y amparo del traslado de equinos de la Provincia de Buenos Aires por medio de un Documento Único Equino (DUE).

DECRETO Nº 1244 – 11 de octubre de 2016.-
Rescinde contrato.

DECRETO Nº 1245 – 11 de octubre de 2016.-
Eximisiones varias.

DECRETO Nº 1246 – 11 de octubre de 2016.-
Llamase a Concurso de Precios Nº 25/2016 para la adquisición de materiales para la construcción de Dársenas Estacionamiento de Motos en la ciudad de Chivilcoy, para el día 19 de octubre de 2016 a las 11 Horas en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Chivilcoy. El gasto será imputado a la partida 1110106000, 62.06.00, 2710, 132, 1191600.

DECRETO Nº 1247 – 11 de octubre de 2016.-
Otorga televisor a EES Nº 10.

DECRETO Nº 1248 – 11 de octubre de 2016.-
Nuevo presidente ONG Chivilcotas.

DECRETO Nº 1249 – 12 de octubre de 2016.-
Concédase licencia sin goce de haberes.

DECRETO Nº 1250 – 12 de octubre de 2016.-
Eximisiones varias.

DECRETO Nº 1251 – 12 de octubre de 2016.-
Autorízase al Club Social y Deportivo Cerámica Argentina circulación de rifa.

DECRETO Nº 1252 – 12 de octubre de 2016.-
Baja de bonificación a agentes municipales.

DECRETO Nº 1253 – 13 de octubre de 2016.-
Reconocimiento Carlos Ortelli Día del Comerciante.

DECRETO Nº 1254 – 13 de octubre de 2016.-
Incorpórese a planta temporaria la nomina que se detalla en el anexo Nº IV según el convenio firmado por el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

DECRETO Nº 1255 – 13 de octubre de 2016.-
Llamase a Licitación Pública Nº 6/2016 para la contratación de mano de obra con provisión de materiales, maquinarias y equipos para la ejecución de la obra “Construcción de cordón cuneta y estabilizado con piedra en 43 cuadras de la ciudad de Chivilcoy, para el dia 4 de noviembre de 2016 a las 10 Horas en el Despacho Municipal. El gasto será imputado a la Partida 1110120000, 47.85.77, 4220, 132, 1191500.

DECRETO Nº 1256 – 13 de octubre de 2016.-
Llamase a Licitación Pública Nº 7/2016 para la contratación de mano de obra con provisión de materiales, maquinarias y equipos para la ejecución de la obra “Construcción de cordón cuneta y estabilizado con piedra en 56 cuadras de la ciudad de Chivilcoy, para el día 4 de noviembre de 2016 a las 12 Horas en el Despacho Municipal . El gasto será imputado a la Partida 1110120000, 47.85.75, 4220, 132, 1191500.

DECRETO Nº 1257 – 13 de octubre de 2016.-
Llamase a Licitación Privada Nº 37/2016 para la adquisición de 50 cestos contenedores para ser colocados en las distintas cuadras de nuestra ciudad para el día 28 de octubre de 2016 a las 10 Horas en la Dirección de Compras de la Municipalidad de Chivilcoy. El gasto sera imputado a la Partida Presupuestaria 1110120000, 43.03.00, 4390, 131, 1211502.

DECRETO Nº 1258 – 13 de octubre de 2016.-
Reconocimiento MARCELO OSVALDO DEVOTO Día del Comerciante.

DECRETO Nº 1259 – 14 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal las diversas acciones que se realicen desde el Consultorio Amigable de Chivilcoy.

DECRETO Nº 1260 – 14 de octubre de 2016.-
Exime del pago de tasas.

DECRETO Nº 1261 – 14 de octubre de 2016.-
Incorpora estructura programática.

DECRETO Nº 1262 – 17 de octubre de 2016.-
Eximisiones varias.

DECRETO Nº:1263 – 17 de octubre de 2016.-
Declárese Asueto Administrativo en el ámbito de la Administración Pública Municipal el día 22 de octubre del corriente año, debiéndose tomar los recaudos pertinentes para el mantenimiento de los servicios especiales básicos de atención a la comunidad.

DECRETO Nº 1264 – 17 de octubre de 2016.-
Aniversario de Chivilcoy.

DECRETO Nº 1265 – 17 de octubre de 2016.-
Reemplazo agente municipal.

DECRETO Nº 1266 – 17 de octubre de 2016.-
Reemplazo agente municipal.

DECRETO Nº 1267 – 17 de octubre de 2016.-
Condona pago de tasas.

DECRETO Nº 1268 – 17 de octubre de 2016.-
Condona pago de tasas.

DECRETO Nº 1269 – 17 de octubre de 2016.-
Condona pago de tasas.

DECRETO Nº 1270 – 17 de octubre de 2016.-
Convalida convenio.

DECRETO Nº 1271 – 17 de octubre de 2016.-
Acepta donación de Fernández para museo.

DECRETO Nº 1272 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1273 – 17 de octubre de 2016.-
Convalida convenio Cavallo.

DECRETO Nº 1274 – 17 de octubre de 2016.-
Convalida convenio con UNLP.

DECRETO Nº 1275 – 17 de octubre de 2016.-
Convenio con Ministerio de infraestructura.

DECRETO Nº 1276 – 17 de octubre de 2016.-
Ordenanza 8478 sobre servicio de remises.

DECRETO Nº 1277 – 17 de octubre de 2016.-
Se otorga la excepción solicitada sobre el inmueble para su posterior incorporación de planos.

DECRETO Nº 1278 – 17 de octubre de 2016.-
Autoriza suma para el Hogar Lauhirat.

DECRETO Nº 1279 – 17 de octubre de 2016.-
Se otorga la excepción solicitada sobre el inmueble para su posterior incorporación de planos.

DECRETO Nº 1280 – 17 de octubre de 2016.-
Condona deuda de ABL.

DECRETO Nº 1281 – 17 de octubre de 2016.-
Cine para Nuestros Niños.

DECRETO Nº 1282 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de taller de reparación de motos y venta de repuestos.

DECRETO Nº 1283 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1284 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1285 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1285 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1286 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de fabrica de pastas.

DECRETO Nº 1287 – 17 de octubre de 2016.-
Designa con el nombre “Complejo Asistencial y Recreativo Atilio Luis Maradei” al centro de atención primaria de la salud Dr. Daniel Pastorino y la Plazoleta Italia en su conjunto, conservando los dos últimos su actual denominación.

DECRETO Nº 1288 – 17 de octubre de 2016.-
Declara Día del Payamedico el 13 de Agosto.

DECRETO Nº 1289 – 28 de octubre de 2016.-
Declara de interés municipal el proyecto del Consejo pastoral de Iglesias Evangélicas denominado Octubrillante; la Fiesta de la Luz en el cual se promueve la fiesta de la vida para nuestra comunidad.

DECRETO Nº 1290 – 17 de octubre de 2016.-
Se exime a la entidad Club de Leones de Chivilcoy el pago del 5% del monto total de lo recaudado correspondiente al fondo benéficio, por emisión de rifas autorizada por Decreto del D.E. Nº 1060/16.

DECRETO Nº 1291 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de espacio aéreo sobre el distrito de Chivilcoy para el posterior uso de transmisión de datos, video, audio, transmición de datos u otros fines por cableado de fibra óptica a la empresa Sílica Networks Argentina S.A.

DECRETO Nº 1292 – 17 de octubre de 2016.-
Acepta la donación realizada por la Sra. Laura Delgado de una obra técnica mixta sobre tela 80 x 60 cm. Año 2011, denominada “ Cubre la memoria de tu cara con la máscara de la que serás y asusta a la niña que fuiste”; con destino al Museo de Artes Plásticas Pompeo Boggio.

DECRETO Nº 1293 – 17 de octubre de 2016.-
Convenio archivo y suprema corte.

DECRETO Nº 1294 – 17 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada sobre el inmueble – para su posterior habilitación de taller chapista.

DECRETO Nº 1295 – 17 de octubre de 2016.-
Pago de sentencia.

DECRETO Nº 1296 – 17 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el festival organizado por la “Bazucada Suday Tory” que se llevará a cabo el día 13 de Noviembre del corriente en la plaza contigua al CIC Fonavi.

DECRETO Nº 1297 – 18 de octubre de 2016.-
Adjudicase el Concurso de Precios Nº 24/2016 para la adquisición de sueros y soluciones con destino al Hospital Municipal de Chivilcoy a las firmas que se consignan a continuación con las correspondientes cotizaciones, por resultar las propuestas mas convenientes a los intereses de la comuna. EL gasto será imputado a la Partida Presupuestaria 1110113000, 30.01.00, 2520, 131, 1290100.
-CASA OTTO HESS S.A.

DECRETO Nº 1298 – 18 de octubre de 2016.-
Adjudicase el Concurso de Precios Nº 26/2016 para la contratación de mano de obra para trabajos de albañilería sobre las medianeras en el acceso al Palacio Municipal sobre calle Lavalle a la Firma RIZZO FRANCO SEBASTIAN, por resultar la propuesta mas conveniente a los intereses de la Comuna. El gasto será imputado a la Partida Presupuestaria 1110120000, 41.00.00, 3310, 131, 1211901.

DECRETO Nº 1299 – 18 de octubre de 2016.-
Declara Visitante Destacado de la Ciudad de Chivilcoy, al LEON OSVALDO VALENZISI.

DECRETO Nº 1300 – 18 de octubre de 2016.-
Declárese de interés social la escrituración de lo inmuebles.

DECRETO Nº 1301 – 18 de octubre de 2016.-
Baja por renuncia agente municipal.

DECRETO Nº 1302 – 18 de octubre de 2016.-
Modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto Nº 1206/16 con fecha 28 de septiembre de 2016 debido a un error administrativo de tipeo involuntario.

DECRETO Nº 1303 – 18 de octubre de 2016.-
Subsidio entidad educativa.

DECRETO Nº 1304 – 18 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción de uso de suelo y eximición del pago de los derechos de construcción sobre el inmueble para su posterior incorporación de planos.

DECRETO Nº 1305 – 18 de octubre de 2016.-
Baja agente municipal por jubilación.

DECRETO Nº 1306 – 19 de octubre de 2016.-
Bonificaciones varias.

DECRETO Nº 1307 – 19 de octubre de 2016.-
Dispone de suma para CEC Nº 802 de la localidad de Moquehua.

DECRETO Nº 1308 – 20 de octubre de 2016.-
Asigna bonificación por función.

DECRETO Nº 1309 – 20 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1310 – 20 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1311 – 20 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1312 – 20 de octubre de 2016.-
Designa agente municipal.

DECRETO Nº 1313 – 20 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el conjunto de actividades y talleres a realizarse en el marco de la “Feria del Libro 2016”, que se llevará a cabo en la Plaza 25 de Mayo de Chivilcoy, los días 3,4 y 5 de noviembre del corriente año.

DECRETO Nº 1314 – 20 de octubre de 2016.-
Declárese Ciudadano Ilustre de la ciudad de Chivilcoy a la señora EMMA INES LLANEZA, “MARA HELGUERA”, en reconocimiento a su trayectoria en el canto popular y en el mundo del arte.

DECRETO Nº 1315 – 20 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal la Muestra Fotográfica “Intimidades”, a realizarse en el Museo Pompeo Boggio el día 19 de Noviembre del corriente.

DECRETO Nº 1316 – 20 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal la “Semana de acción contra el mosquito” a realizarse desde el dia 24 al 31 de octubre del corriente.

DECRETO Nº 1317 – 20 de octubre de 2016.-
Dispone suma al Consejo Escolar Nº 260 de Chivilcoy para refaccio de cubierta.

DECRETO Nº 1318 – 20 de octubre de 2016.-
Dispone suma para la Asociacion Cooperadora E E S Nº8 para la compra de instrumentos en el marco de reconocimiento a la institución por la obtención del premio “Maestros Argentinos.

DECRETO Nº 1319 – 20 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal la puesta en escena de la obra de teatro “Aprender a Volar” organizada conjuntamente con la Escuela Secundaria Nº 6 de nuestra ciudad.

DECRETO Nº 1320 – 20 de octubre de 2016.-
Llamase a Licitación Privada Nº 38/2016 para la adquisición de 45.000 Litros de Gasoil con destino a las distintas reparticiones dependientes de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, para el día 28 de octubre de 2016 a las 11 Horas en la Dirección de Compras. El gasto será imputado a la partida 1110120000, 01.00.00, 2560, 110.

DECRETO Nº 1321 – 21 de octubre de 2016.-
Disponese suma. destinada a la Sede de Inspectores de diferentes niveles y modalidades que integran la educación del distrito de Chivilcoy para la reparación de sectores del techo.

DECRETO Nº 1322 – 21 de octubre de 2016.-
Dispone suma para la refacción en sanitario, patio y cubierta del SUM en la Escuela de Educación Especial Nº 502.

DECRETO Nº 1323 – 21 de octubre de 2016.-
Eximisiones varias.

DECRETO Nº 1324 – 21 de octubre de 2016.-
Rectificase el Decreto Nº 1151/16.

DECRETO Nº 1325 – 21 de octubre de 2016.-
Llamase a Concurso de Precios Nº 27/2016 para la contratación de mano de obra con provisión de maquinaria para limpieza de canal a cielo abierto en intersección de calle 99 y Av. Avellaneda de nuestra ciudad, para el día 28 de octubre de 2016 a las 9 Horas en la Dirección de Compras. El gasto será imputado a la Partida 1110120000, 42.01.00, 3360, 132, 1191100.

DECRETO Nº 1327 – 24 de octubre de 2016.-
Autoriza al Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Chivilcoy, Cdor. Diego Di Renzo a firmar los despachos de la Secretaria Privada desde el día 24 de octubre y hasta el día 4 de noviembre de 2016, en ausencia del Secretario Privado, Sr. Alcides Decunta.

DECRETO Nº 1328 – 24 de octubre de 2016.-
Baja agente municipal.

DECRETO Nº 1329 – 24 de octubre de 2016.-
Autoriza inspectores de Cazma a colaborar con SENASA.

DECRETO Nº 1330 – 26 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el conjunto de actividades que se desarrollarán en el marco de los festejos por el 51º aniversario de la Escuela de Artes Visuales de Chivilcoy.

DECRETO Nº 1331 – 26 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el conjunto de actividades que se desarrollarán en la localidad de Ayarza el próximo domingo 6 de noviembre.

DECRETO Nº 1332 – 25 de octubre de 2016.-
Desadjudíca el inmueble.

DECRETO Nº 1333 – 25 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal las diferentes actividades que desarrollará el Circulo Criollo El Bozal de nuestra ciudad en el marco de la conmemoración del 40º aniversario de su creación.

DECRETO Nº 1334 – 25 de octubre de 2016.-
Dispone suma a agente municipal en concepto d ayuda social.

DECRETO Nº 1335 – 25 de octubre de 2016.-
Adjudicase el Concurso de Precios Nº 25/2016 para la adquisición de material para la construcción de dársenas para Estacionamiento de Motos en nuestra ciudad a las Firmas: METAL DHAR S.R.L (Ítem 2-4-5-6), y a MATMA CHIVILCOY S.A,(Item 1-3por resultar las propuestas mas convenientes a los intereses de la Comuna. El gasto será imputado a la Partida 1110106000, 62.06.00, 2710, 132, 1191600.

DECRETO Nº 1336 – 25 de octubre de 2016.-
Rectifiquese el Decreto Nº 1125 de fecha 13 de septiembre de 2016 en su artículo 1º.

DECRETO Nº 1337 – 25 de octubre de 2016.-
Autorizase al Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Chivilcoy, Dr. Leandro Crespi, a firmar los despachos de la Secretaria de Desarrollo Social durante los días 26,27 y 28 de octubre del corriente en ausencia del Secretario de Desarrollo Social, Sr .Juan Marcelo López.

DECRETO Nº 1338 – 26 de octubre de 2016.-
Reemplazos agentes municipales.

DECRETO Nº 1339 – 26 de octubre de 2016.-
La aprobación del plano con la sola cancelación de la primer cuota del Derecho de Construcción y del Plan de Pago de la tasa de servicios públicos en el marco de Vivienda Única Familia a través del PROCREAR.

DECRETO Nº 1340 – 26 de octubre de 2016.-
Eximiciones varias.

DECRETO Nº 1341 – 26 de octubre de 2016.-
Dispone de la suma Incentivo a Emprendimientos Fuerza Solidaria.
Prestamos para emprendimientos Fuerza Solidaria, 131 De Origen Municipal.

DECRETO Nº 1342 – 26 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el Seminario referido a Liderazgo y trabajo en Equipo dictado por el IPAP los días 27 y 28 de octubre del corriente año.

DECRETO Nº 1343 – 26 de octubre de 2016.-
Dispone suma a agente municipal en concepto de ayuda social.

DECRETO Nº 1344 – 26 de octubre de 2016.-
Rectifica articulo 1 del Decreto 40.

DECRETO Nº 1345 – 26 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal todas las actividades que se realicen desde la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia a lo largo del año a nivel regional, provincial y/o nacional.

DECRETO Nº 1346 – 27 de octubre de 2016.-
Adjudicase la Licitación Privada Nº 35/2016 para la adquisición de material descartable con destino al servicio de farmacia del Hospital Municipal de nuestra ciudad a las firmas que se detallan a continuación, por resultar las propuestas mas convenientes a los intereses de la Comuna. El gasto será imputado a la partida 1110113000, 30.01.00, 131.1290100.
-JUAREZ LIDIA GRISELDA
-NEA SRL
-INSUMOS MEDICOS JUNIN S.A.
-CASA OTTO HESS S.A.
-COMERCIAL NAMAES SRL
-MAX CONTINENTAL S.A.
-SEDESA S.A.
-DELTRONI SRL
-PONCE DE LEON JORGE LEONARDO

DECRETO Nº 1347 – 27 de octubre de 2016.-
Dispone de suma destinada a la construcción de una rampa de acceso para el Jardín de Infantes Nº 901 de nuestra ciudad.

DECRETO Nº 1348 – 27 de octubre de 2016.-
Declara de Interés Municipal la presentación del libro “Brochero, arreando almas,… al Cielo”, obra de autoría del Sr. Carlos Montefusco, reconocido ilustrador. La presentación estará a cargo del Dr. Juan Guillermo Durán y se llevará a cabo el próximo 9 de noviembre a las 19:30 Horas en el Complejo Histórico “Adelina Dematti de Alaye”.

DECRETO Nº 1349 – 27 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal la conformación del equipo de ciclismo “Ciudad de Chivilcoy” y todas las competencias y actividades que realizan representando a nuestra ciudad.

DECRETO Nº 1350 – 27 de octubre de 2016.-
Dispone de suma con destino al Racing Club de Chivilcoy para colaborar con los gastos de la participación del equipo de Básquet de mencionada institución en el Torneo Federal organizado por la CABB.

DECRETO Nº 1351 – 28 de octubre de 2016.-
Reemplazo agente municipal.

DECRETO Nº 1352 – 28 de octubre de 2016.-
Declárese de Interés Municipal el seminario dictado por el IPAP los días 24 y 31 de octubre del corriente año referido a Procedimiento para Inspectores dirigido a directivos y a personas que ocupan cargos jerárquicos dentro del Municipio.

DECRETO Nº 1353 – 28 de octubre de 2016.-
Prorroga presupuesto 2017.

DECRETO Nº 1354 – 28 de octubre de 2016.-
Convenio colegio de abogados.

DECRETO Nº 1355 – 28 de octubre de 2016.-
Convenio con UNLP.

DECRETO Nº 1356 – 28 de octubre de 2016.-
Aceptan, las donaciones realizadas por la obra social OSDE para ser incorporadas en el Patrimonio del Hospital Municipal de Chivilcoy, mediante expediente: 4031-173100 Int. 419 D.

DECRETO Nº 1357 – 28 de octubre de 2016.-
Condona el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2006 al año 2015 y eximición 2016, al inmueble.

DECRETO Nº 1358 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1359 – 28 de octubre de 2016.-
Convenio Marco de seguridad Vial.

DECRETO Nº 1360 – 28 de octubre de 2016.-
Creacion del programa municipal de prevención de la obesidad.

DECRETO Nº 1361 – 28 de octubre de 2016.-
Designa calles en Moquehua.

DECRETO Nº 1362 – 28 de octubre de 2016.-
Declara de interés municipal circuito histórico de Chivilcoy.

DECRETO Nº 1363 – 28 de octubre de 2016.-
Declara de Interés Educativo Municipal la actividad denominada “ La Noche de los Museos” a realizarse el próximo sábado 29 de octubre.

DECRETO Nº 1364 – 28 de octubre de 2016.-
Declara de interés municipal la jornada de información y reflexión a llevarse a cabo el día 30 de octubre de 2016 a las 18 Hs. En el Centro Cultural Cronopios sito en calle Miguel Calderón Nº 199 donde se proyectarán diferentes cortos cinematográficos seguidos de un espacio de debate.

DECRETO Nº 1365 – 28 de octubre de 2016.-
Se declara de interés la impresión gráfica comunitaria de un juego familiar en un sector de la vereda lindero a la fuente de Hebe de la plaza 25 de Mayo para el desarrollo de actividades lúdicas de prevención, con motivo de fiestas populares, el juego desarrollado por la Asociación Civil Maltratocero Chivilcoy, se titula “ La historia de Malena” y promueve instancias de reconocimiento y reflexión para la desarticulación de los estereotipos culturales que intervienen en la educación familiar y son responsables de la discriminación de las mujeres.

DECRETO Nº 1366 – 27 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble, para su posterior habilitación de depósito de congelados.

DECRETO Nº 1367 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada sobre el inmueble para su posterior habilitación de comercio rubro minimercado.

DECRETO Nº 1368 – 27 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1369 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1370 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1371 – 28 de octubre de 2016.-
Condona el pago por tasas.

DECRETO Nº 1372 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble para su posterior habilitación de minimercado.

DECRETO Nº 1373 – 28 de octubre de 2016.-
Otorga la excepción solicitada sobre uso de suelo y eximición tasa especial del inmueble para su posterior incorporación de planos.

DECRETO Nº 1374 – 31 de octubre de 2016.-
Renuncia agente municipal.

DECRETO Nº 1375 – 31 de octubre de 2016.-
Declara no laborable para la Administración Municipal el día 7de noviembre de 2016 para todo el ámbito del Partido de Chivilcoy, con motivo de celebrarse el 8 de noviembre el “Día del Empleado Municipal”.

DECRETO Nº 1376 – 31 de octubre de 2016.-
Se autoriza pago en concepto de Tareas Especiales y de Horas Extras.

DECRETO Nº 1377 – 31 de octubre de 2016.-
Adjudíquese la Licitación Privada Nº 34/2016 para la adquisición de medicamentos con destino al Hospital Municipal de nuestra ciudad a las firmas que se detallan a continuación por ser las propuestas más favorables a los intereses de la comuna. El gasto será imputado a la partida presupuestaria: 1110113000,30.01.01, 252, 131,1290100.
FARMAQUEN S.A.
DROGUERÍA ALBERDI
NEA S.R.L.
DROGUERÍA ZETA S.R.L.
DROGUERÍA FB S.A.
PILOÑA S.A.
ALFA CENTAURO S.A.
DELTORN
DISOLTA S.R.L.
DROGUERÍA GÉNESIS S.A.

DECRETO Nº 1378 – 31 de octubre de 2016.-
Dispónese de la suma para atender el pago en el marco del Programa Nacional Fuerza Solidaria.

Ordenanzas 28 de Octubre 2016

ORDENANZA Nº 8506.-

Artículo 1.- Otórguese, al D.E una prórroga hasta el 24 de diciembre del 2016 para la presentación del Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos para el Ejercicio 2017.

Artículo 2.- Comuníquese, regístrese y archívese.

ORDENANZA Nº 8507.-

Artículo 1.- Convalidase el convenio Marco de Colaboración realizado entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Britos y el Colegio de abogados Judicial de Mercedes ; representado por su Presidente, Dr. Mateo Laborde; el cual tiene como objeto extender turnos para asesoramiento jurídico para personas del Partido de Chivilcoy carentes de recursos sea en la ciudad en estudios de abogados o en las oficinas que al efecto se habiliten a futuro. Según Expte. 4031-173344 Int. 415 C.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8508.-

Artículo 1.- Convalidase el Anexo Específico al convenio realizado entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Britos y la Universidad Nacional de la Plata ; Facultad de Ingenieria en adelante representada por su Decano Ing. Marcos Daniel Actis; el cual tiene como objeto el dictado en la Ciudad de Chivilcoy de todas las asignaturas con equivalencias automática del primer año de las 12 carreras que tiene la Facultad de Ingenieria de la UNLP. Según Expte. 4031-173343 Int. 414 C.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8509.-

Artículo 1.- Autorícese al D.E a suscribir con el Director Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio marco de implementación de Acciones en Materia de Seguridad Vial y su Acuerdo Complementario Nº 1, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.Según Expte. Int. 405 C.

ACUERDO COMPLEMENTARIO Nº 1

La Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representad en este acto por su titular, Doctor Pablo Fappiano, por una parte, en adelante “LA DIRECCION”, por la otra la Municipalidad de, representada en este acto por el Señor Intendente, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, en adelante “LAS PARTES”, celebran el presente Acuerdo que es complementario del Convenio suscripto entre las partes en fecha, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCION, ha determinado, en el marco de lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, la instrumentación de un Sistema Único de Administración de Infracciones de Tránsito Provincial (SACIT), previendo que su ejecución se efectivice a través del Registro Único de Infractores de Tránsito, en adelante RUIT.
Este organismo es el responsable de la emisión centralizada y distribución de los talonarios de las actas de infracción, que son prenumeradas y contienen distintas medidas de seguridad. Estas nuevas actas permiten, como las provenientes de los instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles cuya información no pueda ser alterada manualmente han permitido implementar el Sistema Único de Administración de Infracciones de Tránsito Provincial (SACIT), que habilita el seguimiento de todas las infracciones de tránsito labradas en la provincia y se vincula con las bases del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT) dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.
En este contexto y bajo dichos principios, LA MUNICIPALIDAD adhiere al Sistema, el que requiere indispensablemente para su puesta en funcionamiento de su cooperación y colaboración.
SEGUNDA: A los fines del presente, el Sistema Único de Administración de Infracciones de Tránsito Provincial (SACIT) se compone de los siguientes componentes:
a) Generación de Información Digital para el RUIT
Toda la información digital proveniente de las multas manuales y fotográficas labradas dentro del Municipio será unificada y formateada de acuerdo a los requerimientos del SACIT hacia donde será enviada para su correspondiente procesamiento, generación de notificaciones y volantes de pago voluntario, envío por correo, etc.
b) Software específico para automatización del Tribunal de Faltas Municipal
Con el objeto de brindarle a la Justicia de Faltas toda la información necesaria para juzgar y resolver las causas relacionadas con infracciones de tránsito el Juez o el personal del Juzgado accederán a la Información del RUIT y del SACIT mediante una conexión segura de Internet provista por LA DIRECCION.
El sistema brindará mediante pantallas simples y con ayuda en línea información sobre el infractor y sus antecedentes, el vehículo y los datos e imágenes de las infracciones.
El funcionamiento del sistema, y las acciones que cada parte firmante del presente asume realizar para hacer más eficiente y operativo el mismo consiste:
Generación de Expediente ó Legajo
Diariamente el sistema verifica según agenda de comparencia, los infractores que se deberían presentar a juzgamiento y emite un expediente ó legajo para cada uno de ellos que contiene:
Carátula con datos del infractor, sus antecedentes, datos del vehículo y detalle de las actas de infracción por las que debería compadecer
Imágenes de las mencionadas actas de infracción, sean fotográficas o manuales.
Comparencia
Cuando el infractor se presenta en el Juzgado, el personal del mismo le entrega el legajo ya impreso al Juez para proceder a iniciar el acto de juzgamiento.
El Juez podrá estar conectado en línea con el sistema central para visualizar personalmente la información impresa o para realizar consultas adicionales o aclaratorias para su tarea.

Juzgamiento
Con la información del sistema y el descargo del infractor, el Juez procede a dictar la sentencia.
El sistema le permite al Juez acceder a las diversas alternativas posibles ante el juzgamiento en caso de que el infractor se presente personalmente:
Absolución
Sentencia en sus diversas alternativas:
Amonestación
Multa, en este caso se podrá solicitar inmediatamente al sistema la emisión del volante de pago por el importe total de la multa aplicada o a criterio del Señor Juez, generar un plan de facilidades de pago de acuerdo a parámetros establecidos previamente en cuanto a cantidad de cuotas máximas permitidas, tasa de interés aplicable, monto mínimo por cuota, etc.
Inhabilitación para conducir
Arresto no redimible
Concurrencia a cursos de educación vial
Decomiso de materiales
Tareas comunitarias
Notifica presencialmente al infractor de la sentencia a la que se ha arribado

Al finalizar el día, el personal del Juzgado procederá a informar al Juez de los legajos que hayan quedado pendientes de juzgamiento o de aquellos en los que el infractor haya realizado descargo vía epistolar.
El Juez podrá en el primer caso declarar la rebeldía del infractor y con los antecedentes del legajo, sentenciarlo e ingresar el resultado de su sentencia al SACIT para que desde el Centro de Cómputos Central se proceda a emitir la correspondiente notificación y realizar las acciones necesarias sobre el infractor de acuerdo a las sanción emitida.
De similar manera actuará para el caso del descargo vía epistolar.
Registro de Sentencias
El sistema transfiere automáticamente la sanción a la base de datos central del RUIT y del SACIT.
Se podrán emitir los cupones de pago correspondientes directamente en el Juzgado para que el infractor pueda abonar la sentencia o según corresponda emitirlos y enviarlos directamente el RUIT, en ambos casos los pagos se realizarán sobre la cuenta recaudadora provincial.
Se solicitará al SACIT la notificación correspondiente a la sentencia en rebeldía o como consecuencia de la defensa epistolar y se le enviará al infractor junto con los cupones de pago correspondientes en el caso que corresponda.
La información generada por el Módulo Municipal se transfiere al RUIT para actualizar los antecedentes del infractor.

Cobranzas y Seguimiento
El SACIT verificará el cumplimiento del pago de las sentencias de carácter monetario:
Si se registra el pago, procede a realizar la liquidación de fondos correspondientes a LA MUNICIPALIDAD.
Si no se registra pago dentro de los plazos otorgados se genera la información correspondiente para iniciar el juicio de apremio.
TERCERA: Respecto del equipamiento otorgado, LA MUNICIPALIDAD se compromete a realizar todas las tareas de conservación indispensables para su buen funcionamiento así como todas aquellas que resultaren necesarias para su preservación.
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a brindar a LA DIRECCION toda información que considere necesaria a los fines de la puesta en marcha del sistema, manteniendo con el RUIT constante comunicación.
QUINTA: Previa aprobación del presente acuerdo por parte del Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, se deberá dejar constancia del cumplimiento del extremo previsto en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de los Municipios. (Decreto Ley 6769/58)
SEXTA: PLAZO se establece en 4 (cuatro) años la vigencia del presente Convenio. El computo del mismo comenzara con la suscripción del acta de inicio a firmarse entre las PARTES, momento en el cual el presente adquirirá vigencia.
SEPTIMA: Como contraprestación por la utilización de los servicios del SACIT, se modifica, por el plazo de vigencia del presente, la distribución del ingreso por multa prevista en el artículo 42º de la Ley Nº 13.927, cediendo LA MUNICIPALIDAD a la Provincia únicamente, el 20% del producido de las multas que efectivamente perciba en su ejido municipal.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los … días del mes de … de 2016.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8510.-

Artículo 1.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Chivilcoy, el “Programa Municipal de Prevención de la Obesidad”.

Artículo 2.- A los fines de la presente, la obesidad es considerada una enfermedad, declarada epidemia por la Organización Mundial de la Salud y considerada en sí misma como factor de riesgo y/o desencadenante de otras enfermedades.

Artículo 3.- El objeto del presente programa es concientizar a la población acerca de lo importante de prevenir y/o tratar esta enfermedad y desarrollar acciones concretas desde el ámbito municipal.

Artículo 4.- Son objetivos básicos de la presente:
1.- Difundir en forma masiva las caracterisiticas de la enfermedad, sus consecuencias, sus aspectos clínicos, nutricionales, psicológicos y sociales, y de las formas apropiadas e inapropiadas de su tratamiento. La información básica relacionada con los cuidados personales y elementales para la prevención, el control y el tratamiento de la obesidad.
2.- Realizar campañas tendientes a generar en toda la población hábitos de consumo alimentario Saludable.
3.- Promover conductas solidarias, a partir del entendimiento de que se está ante una enfermedad, que por mucho excede una cuestión estética.
4.- Trabajar de manera conjunta con los actores sociales que se ocupan de la temática, tanto a nivel nacional como provincial, sean públicos o privados.
5.- Promover la realización de Planes nutricionales y actividad física periódica según patología.

Artículo 5.- El D.E municipal convocará a las entidades que trabajen la problemática y a particulares interesados a los fines de participar en la definición de una fecha significativa a los fines de fijarla como Día Municipal de Prevención de la Obesidad.

Artículo 6.- Se establecerán charlas de educación alimentaria ofreciendo un listado de alimentos elaborados que conforme prescripciones profesionales, son recomendados para la prevención, el control y el tratamiento de la obesidad, a los fines que dichos alimentos sean gradualmente incorporados a los menúes de aquellos establecimientos que elaboren y comercialicen alimentos destinados al público minorista para retirar o consumir dentro del mismo.

Artículo 7.- Autorízase a la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Chivilcoy a suscribir los acuerdos y/o convenios de colaboración necesarios a los fines de implementar la presente.

Artículo 8.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8511.-

Artículo 1.- Desígnese con el nombre Dr. Julio Alberto Lamela a la continuación de la Calle Sargento Cabral entre Hipólito Irigoyen y 22 de octubre de la localidad de Moquehua.

Artículo 2.- Desígnese con el nombre de Juan Fortunato Rodriguez a la calle sin nombre entre Calle 22 de octubre y continuación de Sargento Cabral.

Artículo 3.- Desígnese con el nombre 1º de Marzo a la continuación Calle Moreno entre Chacabuco y Juan Domingo Perón.

Artículo 4.- Comuníquese en forma fehaciente la designación del nombre de las mencionadas calles al Registro Provincial de las Personas, a las entidades de recaudación nacionales y provinciales y a las empresas prestatarias de servicios.

Artículo 5.- El Departamento Ejecutivo procederá a señalizar las arterias mencionadas con la nomenclatura establecida en la presente Ordenanza.

Artículo 6.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados al presupuesto de gastos vigente.

Artículo 7.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8512.-

Artículo 1.- La presente ordenanza tiene por objetivo favorecer el fortalecimiento de la identidad de los pueblos rurales del partido de Chivilcoy por medio de la valorización y jerarquización de aquellos bienes, monumentos, edificaciones y sitios de referencia que exhiban valor de tipo histórico, patrimonial y/o cultural, localizados en la zona rural; y de la proyección, generación y ejecución de políticas públicas vinculadas a la promoción de la actividad turística.

Artículo 2.- Declárese de Interés Municipal el Circuito Histórico de la Ciudad de Chivilcoy, el cual se integrado por los siguientes pueblos rurales: Moquehua, Palemon Huergo, Ayarza, Gorostiaga, Benitez, Hennry Bell, Indacochea, Ramon Biaus, La Rica y San Sebastian.

Artículo 3.- Crease la Unidad de Planificación del Circuito Histórico de la ciudad de Chivilcoy, la que diseñará e implementará acciones dirigidas al impulso, desarrollo y valorización del Circuito Histórico, en el marco de una propuesta turística integral de la ciudad de Chivilcoy.

Artículo 4.- La Unidad de Planificación del Circuito Histórico de la ciudad de Chivilcoy, estará conformada por el Intendente de la Ciudad, o el funcionario que éste designe, el Presidente del Concejo Municipal y dos Concejales que serán electos por sus pares, un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, y el delegado de cada pueblo rural.

Articulo 5.- La Unidad de Planificación del Circuito Histórico, será convocada en un plazo de hasta treinta días, a partir de la sanción de la presente ordenanza, por el Intendente de la Ciudad o por el Presidente del Concejo Municipal.

Artículo 6.- La Unidad de Planificación del circuito histórico de la ciudad de Chivilcoy tendrá por funciones:
– Coordinar acciones y estrategias de intervención para las visitas a los pueblos rurales.
-Establecer criterios para la formación y capacitación de recursos humanos vinculados a la prestación de servicios.
-Realizar relevamientos físicos periódicos del área, a fin de establecer necesidades vinculadas a la preservación, restauración y valorización de todos los bienes históricos, patrimoniales, culturales, arquitectónicos, monumentos y sitios de referencia.
– Implementar el Mapa Circuito Turístico «Pueblos Rurales de Chivilcoy» donde se visualice todos los emprendimientos y atractivos que integran dicho circuito, como así también las calles principales, denominadas “corredores turísticos” por las cuales se circulará para acceder a los mismos
– Prever las medidas y acciones pertinentes para la promoción, fomento y difusión de los hechos y lugares vinculados al Circuito Histórico de la ciudad, en el marco del plan estratégico de impulso del turismo en la ciudad.

Artículo 7º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8513.-

Artículo 1.- Declárese de Interés Educativo Municipal la actividad denominada “La Noche de los Museos” a realizarse el próximo sábado 29 de octubre, entre las 20 hs. y las 03:00 hs. En esta oportunidad abrirán sus puertas el Museo de Artes Plásticas Pompeo Boggio, El Complejo Histórico, La Sociedad Francesa, el Concejo Deliberante, lugar donde se ofrecerá una velada de tango; sumándose también a esta propuesta el Museo Educativo y la Escuela de Artes Visuales.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8514.-

Artículo 1.- Declárese de Interés Municipal la jornada de Información y Reflexión a llevarse a cabo el día 30 de octubre de 2016 a las 18 Hs. en el Centro Cultural Cronopios sito en Calle Miguel Calderon Nº 199 donde se proyectarán los siguientes cortos cinematográficos seguidos de un espacio de debate:
-Glifosato y Transgénico. De Andrés Carrasco, Investigador del CONICET
-Una Bomba química nos extermina en Silencio. Testimonio de Fabian Tomassi.
-Malcomidos. ¿Qué tipo de alimentos consumimos en Argentina?.Entrevista a Soledad Berruti.
-Esperanza y Alegremia.Del Ambientalista Julio Monsalvo.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8515.-

Artículo 1.- Declarar de interés la impresión gráfica comunitaria de un juego familiar en un sector de la vereda lindero a la fuente de Hebe de la plaza 25 de Mayo para el desarrollo de actividades lúdicas de prevención en toda oportunidad en la que se congrega la comunidad con motivo de fiestas populares.
El juego, desarrollado por la Asociación Civil Maltratocero Chivilcoy, se titula “La historia de Malena” y promueve instancias de reconocimiento y reflexión para la desarticulación de los estereotipos culturales que intervienen en la educación familiar y son responsables de la discriminación de las mujeres.

Artículo 2.- Declarar de interés la participación de “El Club de Narradoras Las Cuenteras de la Esquina” y su propuesta Mujeres de Fuego con cuentos de experiencias femeninas.

Artículo 3.- Declarar de interés la proyección de la película española “Te doy mis ojos” y posterior debate.

Artículo 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8516.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección J; Manz. 378E, Parc. 12, sito en Calle Suipacha Nº 600, a nombre de Sergio Norberto Guerra, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8517.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección A; Manz. 74, Parc. 12-a, sito en Av. Ceballos Nº 343, a nombre de Fernando Martin Spano, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8518.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble, sito en Calle Frias Nº 144, a nombre de Guillermo Diaz, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8519.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 190, parc. 13-a, sito en Calle Tucuman Nº 184, a nombre de Lucas Casasola, para su posterior habilitación de depósito de congelados.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8520.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre el inmueble, identificado catastralmente como Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 190, Parc. 7a, partida 11887, sito en calle Maipú Nº 187 para su posterior habilitación de comercio rubro minimercado a nombre de Marcos José Arrocain.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8521.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVII, Sección C; MANZ 192, Parc. 10, sito en Calle Suipacha Nº 193, a nombre de Fernando Cabani, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8522.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección D; Manz. 306, Parc. 1, Subp. 002 sito en Calle Chacabuco Nº 352, para su posterior habilitación de minimercado a nombre de Andres Gomez.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8523.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre uso de suelo y eximición tasa especial del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XI, Sección A, Manz 59, Parc. 1F, sito en calle Yapeyú Nº 470 (Moquehua), propiedad a nombre de Anibal Roque Mingone para su posterior incorporación de planos.

Artículo 2.- Se adjunta copia de plano e Informe Técnico respectivo de Secretaria de Obras y Servicios Públicos como parte integrante de esta ordenanza.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8524.-

Artículo 1.- Acéptese, las donaciones realizadas por la obra social OSDE para ser incorporadas al patrimonio del Hospital Municipal de Chivilcoy a saber:

1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXL6440001)
1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXL70907 FC)
1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXL82300MD)
1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXL82300KV)
1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXL82300M2)
1 CPU Marca HP Compac (HP S/N MXJ82300JX)

1 Teclado HP Compaq (C0210030310)
1 Teclado HP Compaq (C0210033932)
1 Teclado HP Compaq (C0210034346)
1 Teclado HP Compaq (C0210050055)
1 Teclado HP Compaq (C0210034189)
1 Teclado HP Compaq (C0210030596)

6 Mouse para Pc.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8525.-

Artículo 1.- Condónase, el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2012 al año 2015 del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. K; Manz. 475-D, Parc.2, sito en Calle Rodriguez Peña Nº 388, solicitud a nombre de Oscar Andres Costanzo.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8526.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2006 al año 2015 y eximición 2016, al inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc.H; Manz.201C, Parcela 6, sito en calle 10 Nº 198 solicitud pedida a nombre de José Domingo Monserrat.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Ordenanzas 14 de Octubre 2016

ORDENANZA Nº 8478.-

Artículo 1.- Declárase de carácter público en el partido de Chivilcoy el servicio de coches remises o autos al instante, destinados al transporte de personas y sus equipajes en vehículos automotores, mediante una retribución de dinero, con la intervención de agencias habilitadas, las que deberán ajustarse a lo dispuesto por esta Ordenanza.

Artículo 2.- La prestación del servicio se efectuara por Agencias debidamente autorizadas, cuyos propietarios podrán ser personas físicas o sociedades comerciales.

Artículo 3.- Las personas físicas que soliciten habilitación de agencia de remises deberán reunir las siguientes condiciones:
Ser mayor de edad.
No hallarse inhabilitado para ejercer el comercio.
Acompañar certificado de buena conducta.
Constituir domicilio especial en el partido de Chivilcoy.
Autorización de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para el uso de equipos de radio para comunicación y operar en la frecuencia que determine dicha comisión, de acuerdo con la legislación vigente.

Artículo 4.- Las sociedades comerciales deberán reunir los siguientes requisitos:
Acreditar la existencia de la sociedad con copia del contrato social y que esté inscripto en el Registro Público de Comercio de la Pcia de BA.
Nomina de personas que la integran.
Certificado de buena conducta de las personas que la integran.
Constituir domicilio especial en el partido de Chivilcoy.
Autorización de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para el uso de equipos de radio para comunicación y operar en la frecuencia que determine dicha comisión, de acuerdo con la legislación vigente.

Artículo 5.- Las agencias deberán prestar el servicio durante las 24 horas, todos los días del año, pudiendo organizar turnos entre los distintos vehículos afectados al servicio.

Artículo 6.- La agencia deberá disponer como mínimo de una sala de espera con baño, exclusiva para usuarios del servicio y otro local que podrá contener la administración, espera para choferes, radio, etc.

Artículo 7.- En la sala de espera para pasajeros deberá exhibirse:
La autorización para funcionar.
La planilla de tarifa vigente.
Nomina, identificación y características de los vehículos afectados al servicio con listado de conductores.
Libro de quejas.

Artículo 8.- Los titulares de las agencias serán responsables de:
Llevar un registro de los automóviles afectados al servicio, rubricado por el Departamento Ejecutivo que deberá consignar marca, modelo, motor, chapa patente y nomina de choferes, debiendo estar actualizado en cuanto a las altas y bajas que se produzcan y a disposición de las autoridades competentes.
Poseer una carpeta conteniendo copias simples de la documentación de los vehículos incluyendo certificados de cobertura de seguros, recibos actualizados de los mismos, certificado de desinfección del vehículo, certificado de las revisaciones previstas en la presente ordenanza, altas y bajas, aun las temporarias a las que se refiere el articulo 16 de ésta, copias de las respectivas actas policiales y registro de las infracciones cometidas.
Llevar un registro diario rubricado donde se consigne el movimiento de automotores, choferes y horarios de prestación de servicios.

Artículo 9.- Otórgase a las agencias espacio reservado para el ascenso de pasajeros frente a la administración o en su proximidad, por una longitud no mayor a los 9 metros de la mano correspondiente. Para aquellas agencias que se encuentran dentro del radio comprendido en la Ordenanza de Estacionamiento Medido Municipal y Solidario deberán dar cumplimiento al artículo 6º de la misma.

Artículo 10.- Es responsabilidad de los titulares de las Agencias que se mantenga actualizada toda la documentación que exige la presente ordenanza para los vehículos afectados al servicio. En caso contrario estos no podrán ser utilizados para tal finalidad.
A los efectos del pago de la tasa de Seguridad e Higiene, deberá incluirse en las respectivas declaraciones juradas, la nomina de la totalidad del personal afectado a la conducción, de los vehículos habilitados por la agencia, ya fuesen propietarios de las unidades o dependiente de aquellas.

Artículo 11.- Para obtener la habilitación de los automotores, sus propietarios deberán:
Acreditar la titularidad de la unidad.
Acreditar la contratación de un seguro con entidad aseguradora que cubra:
Daños corporales y muerte.
Responsabilidad civil sin limite indemnizatorio.
Personas transportadas en un tota de 4 (cuatro).
Acreditar inscripción ante organismos tributarios nacionales, provinciales y provisionales.
Presentar tarjetas autorizadas quienes posean equipos GNC.
La habilitación que otorgue el Departamento Ejecutivo deberá ser renovada anualmente.

Artículo 12.- Los automotores para ser habilitados deberán reunir las siguientes condiciones:
Ser de carrocería tipo Sedan cuatro puertas con capacidad máxima para cuatro pasajeros.
La antigüedad en los modelos no podrá ser superior a los 15 años, norma que regirá para los habilitados en la actualidad.
Poseer los elementos de seguridad que exigen las normas de transito vigentes.
O podrán circular vehículos chocados, despintados y/o sin sus correspondientes paragolpes y demás elementos de seguridad.
Los tapizados de los asientos deberán estar en perfectas condiciones, tanto los delanteros como los traseros.

La Dirección de Tránsito determinara inspecciones a través de los entes que estime conveniente a vehículos afectados al servicio, para su verificación y control general (Estado del vehículo, documentación, etc.) como mínimo una vez al año. Los mismos deberán presentarse el día y hora previamente establecidos y notificado por dicha dependencia.

Articulo 13.- Las agencias deberán presentar cada vez que se lo requiera, un certificado de desinfección renovada con la periodicidad que reglamenten la Dirección de Transito y Bromatología; y otorgado por empresas de servicios sanitarios debidamente autorizadas por la Dirección de Bromatología de la Municipalidad de Chivilcoy, e inscripta en un registro que esta dependencia abrirá al efecto.

Artículo 14.- Cuando por causas de fuerza mayor, algún automóvil deba ser retirado por un lapso mayor de 15 días la agencia comunicara el hecho al área designada por el Departamento Ejecutivo indicando el tiempo aproximado en que se procederá a reintegrarlo. También comunicará las altas y bajas de las unidades.

Artículo 15.- El Departamento Ejecutivo habilitará un Registro en el que se asentará la totalidad de los datos correspondientes a cada agencia y otorgada a cada auto un numero identificatorio (Matricula Individual).
Los automóviles portaran un cartel luminoso colocado transversalmente sobre el techo, donde conste el nombre de la agencia, teléfono y matricula individual otorgada por el Departamento Ejecutivo.
Todo vehículo deberá colocar en sus vidrios cuatro (4) obleas autoadhesivas que suministrará la Dirección de Tránsito, una vez cumplimentados los requisitos de habilitación o re empadronamiento, de tal manera que sean identificables siendo dos (2) de aproximadamente 18 cm x 25 cm y dos (2) de 10 x 18 cms. adheridas las dos primeras una en el lado interno derecho del parabrisas y la otra del lado izquierdo interno de la luneta y las otras dos en el lado interno de los vidrios traseros.
La oblea de referencia deberá tener la siguiente característica: será el escudo de Chivilcoy y sobreimpreso deberá llevar escrito la palabra Remis, el número que corresponda al vehículo y debajo “Municipalidad de Chivilcoy”, todos colores visibles en la oscuridad (flúo o fosforescente).

Artículo 16.- Los requisitos necesarios para obtener y conservar la autorización de conducción de vehículos afectados al servicio reglamentado por la presente ordenanza serán los siguientes:
Licencia código 4 “G” Taxímetro y/o Código 4 “H” remisses.
Libreta sanitaria expedida por autoridad municipal.
No tener mas de 65 años ni menos de 21 años de edad.
Declaración jurada manifestando si es propietario del vehículo a conducir, dependiente del propietario del vehículo a conducir, dependiente del propietario o dependiente de la agencia.
En los dos últimos casos deberá acompañar cuatro constancias de inscripciones previsionales de sus empleadores.
No estar habilitado por autoridad competente ni poseer mas de tres antecedentes contravencionales graves en el periodo de los últimos 12 meses en el ámbito del partido de Chivilcoy, teniendo en cuenta la fecha en que se solicita la habilitación.

Artículo 17.- Constituyen obligaciones de los conductores, además de las establecidas en el articulo anterior, las siguientes:
Estar correctamente vestido y aseado, guardar compostura y el mayor respeto hacia los pasajeros y el publico.
Exhibir ante la autoridad competente, en todos los casos que les sea requerida, la licencia correspondiente que los habilita para el servicio, los certificados de desinfección, y aptitud técnica del vehículo, la Libreta Sanitaria, los documentos obligatorios para los conductores de automóviles y el ultimo recibo de pago de seguro.
Deberán llevar en su poder la tarifa vigente para consulta de los pasajeros en hoja impresa y rubricada por el área designada por el Departamento Ejecutivo y el o los responsables o representantes de las agencias.

Artículo 18.- Esta absolutamente prohibído a los conductores durante la prestación del servicio:
Llevar acompañantes.
Fumar mientras el vehículo esta ocupado,-
Transportar pasajeros en cantidad que exceda la permitida en el artículo 12 inc. “a”.

Artículo 19.- Créase en el ámbito del órgano de aplicación y control de servicio público de “Auto al Instante” o “Remisses” un Registro de infractores en el que quedaran asentados los siguientes datos:
Nombre del infractor, numero de licencia de conductor y matricula individual.
Fecha de infracción y carácter de la misma.
Sanción aplicada y si fue cumplida por el infractor. En caso de registrarse reiteradas infracciones consideradas graves por el órgano de aplicación, el Departamento Ejecutivo procederá a la inhabilitación temporaria o definitiva.

Artículo 20.- La tarifa será libre y quedara a criterio del Departamento Ejecutivo o del H.C.D. intervenir en caso de que se presente violación manifiesta a la libre oferta y demanda de precios, aunque cada agencia deberá elevar para conocimiento del H.C.D. y de la Dirección de Transito Municipal una planilla con los valores máximos que esa agencia cobra para distintos tipos de servicio dentro de nuestro partido. La dirección de transito podrá solicitar que se indiquen los precios máximos para varios destinos habituales dentro de nuestra ciudad, Esta lista de precios máximos deberá ser remitida al Departamento Ejecutivo cada vez que se modifica, con obligación de hacerlo aunque no se modifique, al menos una vez por año.

Artículo 21.- El Departamento Ejecutivo reglamentara para su aplicación la presente ordenanza de acuerdo con el inciso 3 del artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, previendo en la reglamentación la adecuación de a la presente ordenanza para las agencias ya establecidas.

Artículo 22.- El departamento Ejecutivo otorgara a las Agencias habilitadas un plazo no menor a 180 días contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para adecuarse a lo normado en la misma en todo aquello que su Decreto Reglamentario no considera derechos adquiridos.

Artículo 23.- Toda Agencia de remises que se pretende habilitar deberá estar ubicada a un radio mayor de 200 metros de una parada de taxi o de otra agencia habilitada.

Artículo 24.- Toda agencia deberá tener para poder funcionar un mínimo de seis (6) vehículos, sean estos propiedad de la agencia o tengan carácter de adscriptos. Para las agencias habilitadas en las localidades de campaña del Partido, el mínimo para funcionar será de dos (2) vehículos. Cada vehículo habilitado deberá pagar un derecho de habilitación, por única vez y cuyo valor será fijado por la Ordenanza Fiscal e Impositiva.

Artículo 25.- Esta expresamente prohibida la circulación de vehículos, remisses que no estén incorporados a agencias habilitadas.

Artículo 26.- Las agencias deberán contar con servicio telefónico propio en el domicilio correspondiente a la agencia, el que no podrá ser compartido con otro local o agencia.

Artículo 27.- Toda agencia habilitada debe proveer el servicio de transporte a sujetos o personas con discapacidad, incluyendo el transporte de la silla de ruedas plegable o elemento necesario para poder desplazarse.
El titular o responsable de un vehículo afectado al servicio de taxi, remises o transporte público de pasajeros, no podrá negarse a trasladar a personas con discapacidad o con movilidad reducida que utilicen sillas de ruedas, aparatos ortopédicos o que se desplacen con perros guías.
El titular o responsable de dicho vehículo que incumpla las obligaciones de la misma, será sancionado tanto el chofer como el dueño de la remisería en forma solidaria.
Toda persona que padece esta situación o fuera testigo de la misma, puede realizar el reclamo en la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Chivilcoy, donde una vez asentado el mismo se dará intervención a las áreas correspondientes.
Las áreas intervinientes son la Dirección de Habilitaciones y Actividades Económicas, la Dirección de Tránsito y la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Chivilcoy.
Una vez realizado el reclamo y el pasado al área correspondiente para su intervención y mediante un acta de infracción se deriva al Juzgado de Faltas de turno para que resuelva.
Las sanciones previstas serán – A la primera infracción, una multa de hasta un (1) sueldo mínimo de agente municipal, categoría administrativo.
– A la segunda infracción: clausura preventiva de hasta treinta (30) días y multa de hasta tres (3) sueldos mínimos de agente municipal, categoría administrativo.A la tercera infracción clausura definitiva del local.

Artículo 28.- A partir de la promulgación de la presente, toda parada de taxi habilitada deberá adecuarse a lo establecido por esta Ordenanza.-

Artículo 29.- una vez promulgada la presente se enviará una copia de la misma a todas las remiserías, taxis y empresas de transporte público, estando a cargo de la Dirección de Habilitaciones dicha comunicación.

Artículo 30.- Deróganse las Ordenanzas 3973/95, 5806/05 y 5718/04, quedando incluidas y modificadas en la actual ordenanza.

Artículo 31.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8479.-

Artículo 1.- Créase el Programa Cine Para Nuestros Niños que tendrá por finalidad organizar funciones de cine, las cuales se llevarán a los pueblos como así también se organizarán en la ciudad de Chivilcoy.

Artículo 2.- Arbítrese los medios necesarios con los propietarios de las dos salas disponibles en la ciudad de Chivilcoy para poder facilitarle el ingreso a los niños a una función mensual con la proyección del filmes de interés general.

Artículo 3.- El Departamento Ejecutivo Municipal proveerá de los fondos necesarios para tal fin.

Artículo 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8480.-

Artículo 1.- Convalidase, el convenio realizado entre el Archivo Histórico Judicial de Chivilcoy dependiente de la Municipalidad de Chivilcoy representado por el Sr. Intendente Municipal de Chivilcoy Dr. Guillermo Britos y la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Buenos Aires representada por la Dra. Graciela E. Pérez de vargas, el cual tiene por objeto la guarda de la documentación perteneciente al Juzgado de Paz de Chivilcoy que consta de : 5260 expedientes de causas civiles de los años 1854 a 1949 y 4866 expedientes de causas correccionales de los años 1854/1947. Mas 4 libros de Actas del Juzgado de Paz de los años 1855 a 1861; 28 libros de actas de los años 1861 a 1906 y de 1931 a 1935; 1 libro de actas de la Defensoría de Menores de los años 1867 a1882; 3 libros de Entradas: Uno del año 1818, otro del año 1914 y el tercero de los años 1904 a 1914; 1 libro de conocimientos de los años 1882 a 1891; 1 libro de entradas de oficio de oficios de Mercedes de los años 1895 a 1918; 1 libro de registros de Resoluciones y Sentencias del año 19/01/1927; 1 Libro de registros de resoluciones, declaratorias y sentencias de los años 1939 a 1941; 1 libro de Oficios de Mercedes de los años 1903 a 1907; 1 libro de fianzas Nº 2 de los años 1903 a 1910 ; libro de Movimientos de causas correccionales, de los años 1904 a 1915; 1 libro de Entradas de Causas Civiles y Correccionales, de los años 1904 a 1915; 1 libro de Entradas de Causas Civiles y Correccionales, de los años 1926 a 1930; 1 libro de Registro de expedientes de los años 1931 a 1934; 1 libro de audiencias de los años 1931 a 1943; 1 libro de Control de exptes. Varios de los años 1911 a 1914; 1 libro índice Nº 44; 1 libro de recibos de los años 1904 a 1906 y 1 libro de movimientos de Exptes. De los años 1932 a 1940.Según Expte. 4031-173046.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8481.-

Artículo 1.- Convalidase el convenio Anexo Específico realizado entre la Municipalidad de Chivilcoy reperesentada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Britos y la Universidad Nacional de la Plata representada por su presidente Lic. Profesor Raúl Perdomo a traves de la Facultad de Psicología en conformidad de su Decana Lic. Edith Alba Pérez; el cual tiene como objeto el dictado en la Ciudad de Chivilcoy de las materias correspondientes a la carrera de profesorado en Psicología. Según Expte. 4031-173006 Int. 389 C.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8482.-

Artículo 1.- Convalidase, el convenio de marco celebrado entre el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Britos y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Pcia de Bs. As. Lic. Edgardo Cenzon, el cual tiene por objeto la entrega de un subsidio destinado a financiar la Obra Cañada Chivilcoy-Tramo Camino de tierra a Palemon Huergo- RP Nº 3. Según Expte. 4031-173007 Int. 390 C.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8483.-

Artículo 1.- Convalídase, el convenio de concesión precaria de uso entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Guillermo Britos, y la Sra. Elba María Cavallo; el cual tiene por objeto la concesión para su explotación del espacio público de la Plaza del Barrio Obrero para uso de kiosco con un canon de concesión de $ 3.000 mensuales; el que rige a partir del 1 de septiembre de 2016 al 31 de diciembre de 2017. Según Expte. 4031-166519 Int. 63 C.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8484.-

Artículo 1.- Convalidase el convenio celebrado entre el Sr. Intendente Municipal Guillermo Britos y la empresa Berho Aberturas de PVC representada por el Sr. Matias Guillermo Berho con domicilio en Av. Soarez Nº 129, confirma y admite haber adquirido el predio en el parque industrial del Partido de Chivilcoy según nomenclatura catastral: Circ. XVI, Chacra 15, Fracción II, Parc. 6 con una superficie total de 2194,96 mts2. Con todo lo edificado, plantado, clavado y adherido al suelo en el estado en que se encuentra.Según Expte. 4031-139170 y 4031-163599 Int. 352 P.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8485.-

Artículo 1.- Declárese el Día 13 de agosto de cada año como “Día del Payamédico” en la ciudad de Chivilcoy en conmemoración al cumpleaños del artista Carlitos Balá.

Artículo 2.- Declárese de interés municipal la labor de Payamédicos en la ciudad de Chivilcoy.

Artículo 3.- La declaración del artículo precedente no implica el cese de actividades, sino el homenaje a la tarea que llevan adelante diariamente los Payamédicos de la ciudad de Chivilcoy.

Artículo 4.- La secretaría de salud dispondrá los medios necesarios para dar difusión a la jornada y programar actividades que crea pertinente.

Artículo 5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8486.-

Artículo 1.- Declárese de interés municipal el proyecto del Consejo Pastoral de Iglesias Evangélicas denominado Octubrillante; la Fiesta de la Luz en el cual se promueve la fiesta de la vida para nuestra comunidad en la que los niños son los protagonistas principales. La misma se realizará el día 29 de octubre por la tarde en las instalaciones del Parque Infantil Bernardino Rivadavia. Según expte. Int. 374 I.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8487.-

Artículo 1.- Desígnese con el nombre “Complejo Asistencial y Recreativo Atilio Luis Maradei” al centro de atención primaria de la salud Dr. Daniel Pastorino y la Plazoleta Italia en su conjunto, conservando los dos últimos su actual denominación.

Artículo 2.- Comuníquese en forma fehaciente a la dependencia municipal correspondiente.

Artículo 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados al presupuesto de gastos vigentes.

Artículo 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8488.-

Artículo 1.- Exímase a la entidad Club de Leones de Chivilcoy el pago del 5 % del monto total de lo recaudado correspondiente al fondo benéfico, por emisión de rifas autorizada por Decreto del D.E Nº 1060/16.

Artículo 2.- Comuníquese, regístrese y archívese.

ORDENANZA Nº 8489.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de espacio aéreo sobre el distrito de Chivilcoy para el posterior uso de transmisión de datos, video, audio, transmisión de datos u otros fines por cableado de fibra óptica a la empresa Sílica Networks Argentina S.A.

Artículo 2.- La excepción otorgada en el Art. 1, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
El tendido se deberá realizar con las siguientes alternativas:

En zona urbana y suburbana de forma subterránea y, de forma aérea, únicamente utilizando los postes existentes de otros servicios (en este caso se acompañará con el premiso de la empresa de servicios respectiva) “…..Queda expresamente prohibido la colocación de postes o columnas, con excepción de los lugares donde no existía edificación o existiendo estas no posean una altura suficiente para adosar los implementos de soportes, que deberán estar ubicados sobre línea municipal…” s/ ordza. 2963/90 y 3437/92.
En zona de quintas y rural se podrá realizar de forma aérea con nuevo posteado, siempre y cuando no existan postes o columnas de otros servicios, preferentemente se priorizará la traza subterránea con el fin de minimizar la contaminación visual.

En la elaboración del proyecto se deberá tener en cuenta que los tendidos de fibra se realizarán, en todos los casos, en forma paralela a la línea municipal, utilizando mayoritariamente las ménsulas ya instaladas por otras empresas de servicio amuradas en los frentes de las viviendas. En los casos en los que se tengan que colocar nuevas ménsulas, se deberá adjuntar autorización certificada del propietario permitiendo la instalación de los mecanismos de soporte. Los cruces de calles se realizarán únicamente por las esquinas y a 90º con respecto a la línea municipal de la calle que se cruza. Abonar todos los derechos de construcción que se establecen en la ordenanza fiscal impositiva.
Previo al inicio de las obras, las firma contratista deberá presentar en este municipio:

1. Proyecto visado por el Colegio Profesional correspondiente.

2. Cómputo y presupuesto de las tareas a realizar en el cual se detallen longitud del cableado y cantidad de cámaras y postes.

3. Copia de las respuestas de las interferencias con otros servicios y otros permisos de corresponder.

4. Presentar copia autenticada póliza de responsabilidad civil, por daños a terceros por un valor mínimo de $ 3.000.000 con clausula de No repetición contra la Municipalidad y cubrir eventuales accidentes con vecinos y/o transeúntes, ya que las tareas se realizarán en la vía pública.

5. Plan de trabajos.

6. Fondo de reparos a favor del municipio, como garantía de los trabajos efectuados en la vía pública por un valor del 5 % del monto de la obra y que se devolverá a los 90 días de finalizada la misma: este seguro podrá constituirse a través de Poliza de Caución. Depósito en efectivo o pagaré.

Artículo 3.- La contratista abonará los derechos de construcción según liquidación al efecto por ordza. Fiscal e impositiva vigente y podrá dar comienzo a las obras cuando este municipio haya emitido la autorización fehaciente.La excepción solicitada caducará en el plazo de un año a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8490.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble sito en Calle Laprida Nº 399, a nombre de Sergio Omar Rubbo, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8491.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como Circ. XVIII, Secc. K, manz. 450C, Parc. 2, sito en Basso Dastugue Nº 275, a nombre de José Raúl Castellani, para su posterior habilitación de taller chapista.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8492.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección B; Manz. 133, Parc. 8D, sito en Calle Castelli Nº 163, a nombre de Osvaldo Oscar Cabrera, para su posterior habilitación de taller de reparación de motos y venta de repuestos.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8493.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 221, Parc. 5K, sito en Calle Saavedra Nº 68, a nombre de Natalia Castro, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8494.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección H; Manz. 327, Parc. 1-A, sito en Av. Mitre Nº 801, a nombre de Carlos Federico Galante, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8495.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 417B, Parc. 1, sito en Av. Diario La Razon y Calle Gral. Paz, a nombre de Leonardo Andres, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8496.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como Circ. XVIII, Secc. G, Qta. 264, Parc. 2, sito en Av. Echeverria Nº 751, a nombre de Juan Carlos Palminteri, para su posterior habilitación de fábrica de pastas.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8497.-

Artículo 1.- Acéptese, la donacion realizada por la Sra. Laura Delgado de una Obra técnica mixta sobre tela 80 x 60 Cm año 2011 denominada “Cubre la memoria de tu cara con la máscara de la que seras y asusta a la niña que fuiste”; con destino al Museo de Artes Plásticas Pompeo Boggio.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8498.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción de uso de suelo y eximición del pago de los derechos de construcción sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección A, Manz 52, Parc. 7, sito en calle Pueyrredon Nº 180, propiedad a nombre de la entidad Bomberos Voluntarios de Chivilcoy para su posterior incorporación de planos.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8499.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre uso de suelo del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección B, Manz.127, Parc.4D, sito en Calle Maipú Nº 186, propiedad a nombre de Tomas Eduardo Mandalunis, para su posterior incorporación de planos.

Artículo 2.- Se adjunta copia de plano e Informe Técnico respectivo de Secretaria de Obras y Servicios Públicos como parte integrante de esta ordenanza.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8500.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre uso de suelo del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVI, Sección A, Manz 1W, Parc. 11, sito en Calle A. Perretti, propiedad a nombre de Walter Hector Ruaro y Matma Chivilcoy, para su posterior incorporación de planos.

Artículo 2.- Se adjunta copia de plano e Informe Técnico respectivo de Secretaria de Obras y Servicios Públicos como parte integrante de esta ordenanza.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8501.-

Artículo 1.- Acéptese, la donacion realizada por parte del Sr. Lucas Fernandez y su suegra Sra Carmen Difilippo con destino al Museo Histórico Municipal ”Francisco Castagnino” de una Plancha Calo-Fyr a kerosene con el tanque incorporado y una plancha a carbon con mango rojo.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8502.-

Artículo 1.- Condónase, el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2015 del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 17; Secc. B; Manz. 158-H, Parc. 9, sito en Calle 106 Nº 367, solicitud a nombre de Ema Haydee Alvarez.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8503.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2015, del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. A; Manz.58; Parc. 5 A, sito en Calle Gral Rodriguez Nº 266; solicitud a nombre de Maria Antonia Rizza.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8504.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2015, del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. E; Manz. 87 D; Parc. 6, subp. 0006, sito en Av. Urquiza Nº 492; solicitud a nombre de Silvia Amores.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8505.-

Artículo 1.- Condónase la deuda por tasa municipal ABL del período 2015 del inmueble según nomenclatura catastral Circ. XVIII, Secc. E, Manz. 77B, Parc. 7 A, sito en calle Conesa entre Maestro Argentino y Luis Mohr solicitud a nombre de Leticia Raquel Bravo.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.