Discapacidad
La Dirección de Discapacidad lleva a cabo programas para consolidar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, a la vez que apoya a organismos e instituciones que llevan adelante tareas para ese sector y así construir a una sociedad más justa.
- Te ayudamos en la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD)
- Brindamos asesoramiento y acompañamiento para la gestión de trámites derivados del CUD
- Conocé los talleres municipales para PCD, recreativos, deportivos y de sociabilización “Chivilcoy Sin Barreras”
- Conoce e Conoce el programa para el Desarrollo en Habilidades pre laborales.
- El programa para el Desarrollo en Habilidades pre laborales.
- Conoce el espacio de Microemprendimientos laborales para PCD
Alcances y beneficios del Certificado Único de Discapacidad (CUD)
- Reserva de pasajes on- line, en sistema de CNRT
- Solicitud de Pase Libre Multimodal
- Obtención de Símbolo Internacional de Acceso
- Eximición del pago de tasas municipales
- Eximición del pago de estacionamiento medido
- Reclamos por incumplimiento a obra sociales
- Gestión y carga de beneficio para la tarjeta local del colectivo SUBE
- Solicitud de segmentación energética.
- Inicio de pensión Nacional (ANSES) y pensión provincial (IPS)
Legislación vigente
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
- Ley nacional 22.431: Sistema de Protección Integral de los Discapacitados
- Ley nacional 26.378: Aprobación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
- Ley nacional 26.657: Derecho a la Protección de la Salud Mental
- Ordenanza municipal 8478: Art. 27. Proveer el servicio de transporte a sujetos o personas con discapacidad, incluyendo el transporte de la silla de rueda plegable o elemento necesario para poder desplazarse, entre otros
- Ordenanza municipal 8576: Regularización Libre tránsito y estacionamiento
- Ordenanza municipal 8689: Se establece la publicación obligatoria en las boletas de impuestos y tasas municipales de la leyenda “Respetemos el derecha a vivir una vida libre de violencia”. Línea 144.
- Ordenanza municipal 8839: Acceso a espectáculos públicos