Ordenanzas 13 de Mayo 2016

ORDENANZA Nº 8264.-

Artículo 1.- Establécese una Beca para el personal de la administración municipal que curse estudios primarios o secundarios.

Artículo 2.- Fíjase la beca en el 10% (diez por ciento) del sueldo básico correspondiente a la categoría Clase VI, Obrero con carga horaria de 30 horas.

Artículo 3.- Serán beneficiarios de la beca establecida en el artículo 1º, los agentes de la administración municipal que cursen regularmente estudios primarios o secundarios en establecimientos públicos o privados debidamente autorizados por autoridad competente.

Artículo 4.- Para percibir esta beca, el personal que se considere con derecho conforme a lo establecido en el artículo precedente, deberá presentar ante la Secretaría de Gobierno certificado de inscripción, agregando mensualmente, certificado de estudios extendido por la autoridad del establecimiento educacional al que concurre y donde se acredite su condición de alumno regular.

Artículo 5.- La beca establecida en la presente ordenanza se abonará durante los meses en el que el beneficiario presente el certificado de estudios y en un plazo máximo de cuatro años por cada agente que acceda al beneficio. A los efectos del cálculo del plazo establecido se computa como un año el cobro de tres asignaciones o más durante el mismo.

Artículo 6.- La Secretaría de Gobierno será la repartición competente para la aplicación de esta ordenanza.

Artículo 7.- La beca establecida en el artículo 1º y fijada en el artículo 2º, no será objeto de aportes y contribuciones previsionales, asistenciales o de las retenciones por cuotas sindicales ordinarias; ni será considerada a los efectos de la liquidación de los distintos adicionales previstos en el régimen de remuneraciones vigentes.

Artículo 8.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza se imputarán a las respectivas partidas presupuestarias.

Artículo 9.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8265.-

Artículo 1.- Convalidase el convenio conformado oportunamente, respecto a la Implementación del Plande Escrituración del IVBA, firmado el día 20 de abril del año 2012, suscripto por el Señor Administrador General del IVBA, Gustavo Marcelo Aguilera y la Municipalidad de Chivilcoy, representada por el Sr. Intendente Prof. Anibal José Pittelli, el que se refiere a la adhesión al Plan de Escrituración del IVBA. Según expte. 4031-166010 Int. 117 C.

Artículo 2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8266.-

Artículo 1.- Modifícase el Artículo 35 de la Ordza. 5868/06 el cual quedará redactado de la siguiente forma:

«Artículo 35º – Está permitida la poda de reducción de copa, realizada únicamente por la cuadrilla Municipal o empresa privada contratada por el Municipio para dicho fin. Se podrá reducir la altura total del ejemplar arbóreo realizando un acortamiento de las ramas hasta 50 Cm por debajo de la altura de las luminarias del alumbrado público presentes en la cuadra, siempre que se preserve la integridad y el equilibrio del ejemplar . Esta poda podrá realizarse cuando los árboles hayan superado considerablemente la altura de las luminarias, que importen un peligro para las personas o bienes y para el control de las aves en los casos que éstas afecten la salud pública.»

ORDENANZA Nº 8267.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección K; Mzana 472, Parc. 13, sito en Av. Calixto Calderon Nº 234, a nombre de Mercedes Noemí Fernandez, para su posterior habilitación de salón de fiestas infantiles.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8268.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 209, Parc. 11, sito en Calle Emilio Mitre Nº 298, a nombre de Mónica Benitez, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8269.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección B; Manz. 159, Parc. 12b, sito en Av. Sarmiento Nº 302, a nombre de Carlos Sebastian Viglietti, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8270.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección K; Manz. 451-d, Parc. 8-a, unidad func. Uno, sito en Av. Avellaneda Nº 497, a nombre de Daniela Speranza, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8271.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección J; Mzana 378B, Parc. 9, sito en Calle Alejandro Bancora Nº 131, a nombre de Raúl Lorenzo Sinelli para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8272.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVII, Sección C; Mzana 191, Parc. 9E, sito en Calle Lamadrid Nº 195, a nombre de Natalia Gisele Mangoni, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8273.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circ. X, Parc. 1941b, de la localidad de San Sebastian, a nombre de Nahuel Anibal Santana, para su posterior habilitación elaboración y venta de alimentos preparados para animales en San Sebastian.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8274.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Mzana 220, Parc. 1A, sito en Calle Gral. Paz Nº 315, -Casa 2- Bo. Luz y Fuerza a nombre de Ivan Marcos Canosa, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8275.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección C; Manz. 202, Parc10B, sito en Calle Alberdi Nº 119, a nombre de Jonatan Emanuel Desia, para su posterior habilitación de local para posterior habilitación elaboración de panificados.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

ORDENANZA Nº 8276.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción VIII, Parc. 1565, sito en Ruta Nac. 5 Km. 156 a nombre de Miguel Ignacio Valle, para su posterior habilitación de venta de agroquímicos fertilizantes y semillas.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8277.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección D; Mzana 321, Parc. 9E, sito en Av. 22 de octubre Nº 432, a nombre de Graciela Cantone, para su posterior habilitación de minimercado.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8278.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección K; Mzana 472, Parc. 1, sito en calle Chacabuco Nº 552, a nombre de Fabio Fresina, para su posterior habilitación de salón de fiestas infantiles y eventos.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8279.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada de uso de suelo sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección B; Manz. 105; Parc. 7, sito en Calle Castelli Nº 334, a nombre de Juan Pablo Ceballos, para su posterior habilitación de taller mecánico.

Artículo 2.- La excepción solicitada caducará con el vencimiento de la habilitación municipal correspondiente.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8280.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección B, Manzana 130, Parc. 2a, 3a, 11 a 12 g, sito en Calle Dean Funes Nº 229, propiedad a nombre del Club Cerámica Argentina, para su posterior aprobación de planos.

Artículo 2.- Se adjunta copia de plano e Informe Técnico respectivo de Secretaria de Obras y Servicios Públicos como parte integrante de esta ordenanza.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8281.-

Artículo 1.- Otórgase, la excepción solicitada sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVIII, Sección E, Manzana 74b, Parc. 4a, sito en Calle Antártida Argentina Nº 464, propiedad a nombre de Gabriela santinelli y otro, para su posterior incorporación de planos.

Artículo 2.- Se adjunta copia de plano e Informe Técnico respectivo de Secretaria de Obras y Servicios Públicos como parte integrante de esta ordenanza.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8282.-

Artículo 1.- Exímase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2016 al inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. C; Manz. 212; Parcela 11A, Partida 12343 sito en calle Saavedra Nº 67 a nombre de la Asociación Colombófila Alas Chivilcoyanas.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8283.-

Artículo 1.- Condónase, el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2008 al 2014, y eximicición año 2016, del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. E; Manz.64-B; Parc. 12 sito en calle Maestro Argentino Nº 264 propiedad a a nombre de Horacio Dimuro.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8284.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasa de Seguridad e Higiene municipal, correspondientes al período 2014,2015 y eximición año 2016 del inmueble, sito en Av. Lisandro De La Torre Nº 351, propiedad a nombre del Club Social y Atlético Huracan.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8285.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2010 al año 2014 y eximición año 2016 del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 18; Secc. A; Manz. 33; Parc. 3A, sito en Calle Ituzaingó Nº 168, propiedad a nombre de Marcela Zanlungo.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8286.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2013 al año 2015 del inmueble identificado catastralmente como: Circ. 11; Secc. A; Manz. 104; Parc.23, sito en Calle Belgrano Nº 172 de la localidad de Moquehua Pdo. De Chivilcoy, propiedad a nombre de la entidad Iglesia Evangélica Misionera (Pentecostal).

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.

ORDENANZA Nº 8287.-

Artículo 1.- Condónase el pago por tasas municipales, correspondientes al período 2002 al 2015 y eximición 2016, de los inmuebles Partidas 26290 y 26291 ; propiedad a nombre de Francisco Peiti.

Artículo 2.- Comuníquese, Publíquese y archívese.